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Divorcio Express de Mutuo Acuerdo

Abogados Expertos en Divorcios de Mutuo Acuerdo o Express en Fuenlabrada

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Divorcio Express

Como abogados especialistas en divorcios, siempre que sea posible, aconsejamos el divorcio express a nuestros clientes.

Cuando llega el irremediable fin de un matrimonio, nos encontramos ante muchas dudas ¿Cómo puedo tramitar el divorcio? ¿Cuánto tardará el procedimiento? ¿Será muy costoso? Determinar cuál es la opción idónea depende de las circunstancias de cada caso y es preciso comprender los diferentes métodos para poner fin a la convivencia.

El divorcio express es un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo que se caracteriza fundamentalmente por su ágil y rápida tramitación. Como Abogados Matrimonialistas, somos un bufete especialista en la redacción del convenio regulador que satisfaga a ambas partes y que evite problemas futuros.

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Divorcio Express

¿SEPARACIÓN JUDICIAL O DIVORCIO?

Pues bien, existen dos opciones para legalizar el fin de la relación: la separación judicial y el divorcio. La principal diferencia entre ambos procedimientos se basa en la disolución del vínculo matrimonial. Mientras que en el divorcio el vínculo matrimonial se disuelve, por lo que usted podría contraer matrimonio nuevamente, en la separación judicial el vínculo matrimonial se mantiene.

En ambos supuestos, su tramitación se puede llevar a través del Juzgado, lo cual supone que el tiempo para llegar hasta la sentencia que legalice el fin de la convivencia puede demorarse varios meses, incluso más de un año, dependiendo de la rapidez del Juzgado en el que se tramite. En cuanto al coste del procedimiento, debido a que es obligatorio ser asistido por abogado y procurador, los procedimientos contenciosos suelen bastante costosos para ambos cónyuges.

¿Qué es el Divorcio Express?

El divorcio express, introducido por la Ley 15/2005, conocida como la Ley de Divorcio Express, supone una forma mucho más eficaz para llevar a cabo el divorcio. De este modo se abrió la puerta al divorcio de mutuo acuerdo y al divorcio notarial.

En nuestro Despacho de Fuenlabrada tramitamos las distintas modalidades del divorcio de mutuo acuerdo, ya sea con hijos (o sin ellos) y con liquidación de bienes. Este tipo de procedimiento se ampara en la ley 15/2005 de 8 de Julio y suprime la obligación de una separación matrimonial previa a la solicitud del divorcio.

Requisitos para el Divorcio Express de Mutuo Acuerdo

Para la tramitación de un divorci express es necesario que cumpla ciertos requisitos comunes:

Mutuo acuerdo de los cónyuges

Es necesario que los cónyuges estén de acuerdo con disolver su vínculo matrimonial y las medidas que se vayan a adoptar. De no existir mutuo acuerdo, estaríamos ante un divorcio contencioso, que es mucho más costoso y largo.

Tiempo mínimo de vida del matrimonio

También es requisito indispensable que haya transcurrido como mínimo tres meses desde la celebración del matrimonio. No obstante, se puede dispensar esta duración mínima cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida o la salud, la libertad o la integridad del cónyuge o de sus hijos, como establece el artículo 81.2 del Código Civil.

Convenio regulador de divorcio

Que exista el común acuerdo de los cónyuges de disolver el vínculo matrimonial, se acompaña de la obligación de redactar un convenio regulador en relación con las medidas que se adoptarán tras la disolución efectiva del matrimonio. Estas medidas, según el caso, son las siguientes:

Lugar de residencia

Los cónyuges deberán, al menos uno de ellos, residir en España.

Características de los procedimientos de divorcio express

Como ya hemos dicho, existen dos tipos de divorcio express, el divorcio mediante procedimiento judicial y el divorcio a través de notario.

Divorcio mediante procedimiento judicial

En este procedimiento es necesario comparecer representado por Procurador y asistido por un Abogado, como en cualquier procedimiento judicial de familia. Sin embargo, al llevar el procedimiento de mutuo acuerdo los cónyuges pueden compartir los gastos de estos profesionales.

Divorcio mediante notario

Esta novedad fue introducida por la Ley de Jurisdicción voluntaria, de 2 de julio de 2015, ya que a partir de entonces se permitía otorgar escritura pública de divorcio, es decir, divorcio notarial.

Este procedimiento tiene como especialidad que la pareja en cuestión no puede tener hijos menores de edad o incapacitados judicialmente, ya que los derechos de estos deberán ser velados por el Ministerio Fiscal. No obstante, sí sería posible si los hijos fuesen mayores de edad, pero si en el convenio de divorcio se establecen medidas respecto a ellos, los hijos deberán comparecer y firmar ante Notario.

En este procedimiento también es obligatoria la asistencia de abogado, sufragado por ambos cónyuges, por lo que los costes se limitarían a la asistencia del abogado y al otorgamiento de escritura pública.

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